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EL PRO CONTRA LA REELECCION INDEFINIDA DE LA INTENDENTA DE LOS MOLLES



Redacción Redacción

Etchepare: “Hay que terminar con los barones municipales”

Impugnaron en la Justicia la candidatura de Sandra Altamirano que va por su cuarto mandato consecutivo

El PRO San Luis impugnó ante la Justicia Electoral la candidatura de Mercedes Sandra Altamirano (Compromiso Federal) a Intendente Comisionado Titular de Los Molles en virtud de que la misma resulta violatoria de las normas de la Constitución de la Provincia de San Luis que prohíben la reelección por más de un período y de la Ley Provincial Nº XII-0622-2008 sobre comisionados municipales que establece que el régimen legal de los intendentes comisionados debe ajustarse a la Constitución Provincial.

En la presentación del PRO se destacó que Sandra Altamirano fue electa como Intendente Comisionado suplente de la localidad de Los Molles, por el período 2003/2007. Luego fue reelecta como Intendente Comisionado suplente por el período 2007/2011. En el año 2009 Altamirano asumió la titularidad como Intendente Comisionado ante la renuncia de Urquiza, completando así el período 2007/2011. En el año 2011 Altamirano fue electa como Intendente Comisionado titular de Los Molles para el periodo 2011/2015.
El pasado 9 de agosto, a pesar de la prohibición constitucional que pesa sobre su candidatura y a sabiendas de que se encuentran incursa en inhabilidad legal para ser pre-candidata, Altamirano se presentó en las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) como precandidata para ocupar de nuevo el cargo de Intendente Comisionado por el período 2015/2019, imponiéndose en la interna del frente “Compromiso Federal” en la categoría de Intendente Comisionado.
En la impugnación formulada por el PRO se señala que esta candidatura “lesiona preceptos constitucionales sobre duración de los mandatos y prohibición de reelección en los cargos públicos electivos por más de un período, toda vez que el art. 268 de la Constitución Provincial establece que los intendentes comisionados duran cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un período consecutivo, en tanto que el art. 147 de la Constitución Provincial señala que en la provincia los cargos ejecutivos duran 4 años, pudiendo los candidatos ser reelectos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo”.
Este art. 147 fue incorporado a través de enmienda constitucional a iniciativa del actual candidato a Gobernador por el Compromiso Federal, Alberto Rodríguez Saá, con la finalidad de terminar con las reelecciones indefinidas en la provincia de San Luis. El nuevo art. 147 Const. Pcial. Cercena, así, toda posibilidad de reelección indefinida estableciendo el principio de alternancia para la elección de cargos públicos, impidiendo incluso la sucesión reciproca de la fórmula gubernamental para cargos ejecutivos sino media como mínimo el intervalo de un período en el ejercicio del cargo.
La enmienda fijó el estricto criterio de impedir que las magistraturas provinciales sean ejercida indefinidamente por el mismo titular, vedando, asimismo, la posibilidad de sucesiones recíprocas entre los integrantes de la fórmula gubernamental sino concurre al menos el intervalo de un período. El régimen de intendentes comisionados por disposición expresa del art. 1º de la Ley Provincial Nº XII-0622-2008 que reglamenta el ejercicio de los comisionados municipales debe ajustarse, en este contexto, a las prescripciones de la Constitución de la Provincia.
Servando Etchepare, candidato a Intendente Comisionado por Los Molles por Cambiemos señaló que “sería un escándalo político que la Justicia Electoral oficialice la candidatura de Altamirano, pues se estaría legitimando la perpetuación en el ejercicio del poder comunal de dicha persona, es una situación que avergüenza a San Luis frente a la Nación”. Por otra parte –agregó el candidato- “sería paradójico que el gobernador no pueda ejercer el gobierno por más de un período y un comisionado municipal sí puede hacerlo; si la sociedad está cansada de los “barones del conurbano” nosotros debemos dar el ejemplo con los “barones o baronas del norte provincial”

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