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Fallan contra el vecino Monsanto y el patentamiento de semillas



Redacción Redacción

Rechazan registro privado de células vegetales. “No está en pleito el principio de patentabilidad, sino su extensión”, dijeron. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala III, le denegó patentes de transgénicos a la empresa multinacional Monsanto en lo que significó un fallo inédito.

En la causa "Monsanto Technology LLC vs. Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s. Denegatoria de patente", la Justicia rechazó la demanda interpuesta por la firma contra el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, reclamando la nulidad de la disposición que denegó la solicitud de patente circunscripta a una molécula de ADN recombinante y a las células vegetales transformadas por ella.

La Ley de Patentes Nº 24.481 dice en su artículo 6 que no se consideran invenciones “toda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la naturaleza”, y en su artículo 7 establece que no son patentables “la totalidad del material biológico y genético existente en la naturaleza o su réplica, en los procesos biológicos implícitos en la reproducción animal, vegetal y humana, incluidos los procesos genéticos relativos al material capaz de conducir su propia duplicación en condiciones normales y libres tal como ocurre en la naturaleza”.

La empresa multinacional pedía que fuera declarada inconstitucional esta norma por sacar de la órbita de las patentes a las plantas y los animales.

Sin embargo, haciendo una similitud entre las semillas y el lenguaje, los jueces advirtieron que “ningún escritor patentaría el idioma, por haber escrito una novela”. Para los jueces, es discutible que aquel que obtiene un transgénico, por solo un cambio, pretenda patentar toda la semilla.

"En lo que hace al derecho interno, ni el artículo 17 de la Constitución Nacional ni la Ley 24.481 autorizan a patentar el material incluido en la solicitud (...) La impugnación debe ser rechazada por dos fundamentos independientes entre sí: la inaplicabilidad del sistema de patentes al material que incluyó en su solicitud y, si ello no fuera así, la falta de actividad inventiva. Por ello, se revoca la sentencia y se rechaza la demanda", reza el fallo emitido por la Cámara Nacional.

“No está en pleito el principio de patentabilidad, sino su extensión”, dijeron los magistrados. Para la Cámara, el material usado por Monsanto proviene de la naturaleza, y posee “propiedades y funciones ajenas a la labor del innovador”. Los jueces no dijeron que no se pueden realizar esas manipulaciones, lo que le aclararon es que no será dueña del resultado.

Aquí el fallo completo


Fuente cba24n.com.ar

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