La defensa de los derechos de consumidores y usuarios puede ejercerse administrativa o judicialmente pero es fundamental que los vecinos conozcan y ejerzan esos derechos y así evitar tener que hacer denuncias.
La defensa de los derechos de
consumidores y usuarios puede ejercerse administrativa o judicialmente pero es
fundamental que los vecinos conozcan y ejerzan esos derechos y así evitar tener
que hacer denuncias.
El pasado 15 de marzo se recordó el Día
Internacional de los Derechos de los Consumidores y Usuarios y con el fin de
que los vecinos tengan más elementos para ejercer y defender sus derechos y
evitar que luego tengan que reclamar por su cumplimiento por medio de trámites
administrativos, se realizan las siguientes diez y concretas recomendaciones
generales que se deben tener en cuenta al momento de adquirir bienes o
contratar servicios:
1-
obtener toda la información -veraz, completa y adecuada- sobre los bienes y
servicios que se ofrecen.
2-
exigir siempre recibo por la seña o factura de compra de cualquier producto o
servicio.
3-
antes de firmar un contrato, leerlo detenidamente y exigir una copia de
absolutamente todo lo firmado.
4-
si se compra por teléfono, internet o en su domicilio, hay un plazo de diez
(10) días corridos para cancelar la operación sin ningún costo (esta
cancelación debe ser fehacientemente comunicada al proveedor).
5-
cuando se contrata un servicio o compra de un producto a crédito, debe
informarse por escrito el precio del mismo al contado, la tasa de interés
efectiva anual, la cantidad de cuotas y el monto total financiado a pagar.
6-
todo producto nuevo que se compra posee una garantía legal mínima de seis (6)
meses y los productos usados poseen una garantía legal mínima de (3) meses. Las
empresas o comercios pueden ampliar estos plazos, pero por ninguna
circunstancia pueden disminuirlos.
7-
para todo servicio que contrate, debe solicitar un presupuesto detallado y
completo y los trabajos realizados tienen una garantía legal mínima de treinta
(30) días que pueden extenderse por oferta del proveedor, pero nunca reducirse.
8-
si luego de ser efectuado el arreglo de garantía el resultado no es satisfactorio,
puede reclamar que el cambien el bien por otro igual, que le devuelvan el dinero
contra entrega del bien o que le realicen una quita proporcional en el precio.
Cuál de estas soluciones se aplican es decisión del consumidor.
9-
se puede exigir el cumplimiento de cualquier oferta o publicidad que haya
incentivado a contratar un servicio o adquirir un producto. Se recomienda
“guardar” la publicidad ante cualquier reclamo, pues ella se considera parte
del contrato.
10-
ante un reclamo por un producto adquirido o un servicio contratado, son
responsables solidarios absolutamente todos los que han participado en la
cadena de comercialización. La ley dice claramente que son “proveedores” (y por
consiguiente responsables) aquellas personas jurídicas que desarrollan “…actividades de producción, montaje,
creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca,
distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a
consumidores o usuarios…”.
Se
recuerda que cuando nuestros derechos como consumidores y usuarios no son
respetados podemos recurrir a un profesional (abogado) que nos asesore, a una
asociación de consumidores, al órgano administrativo estatal correspondiente o
a la justicia.
Es
importante conocer y ejercer nuestros derechos y ante la duda consultar o
asesorarse.
Dr.
Mauricio Bernardo Bianchi
Abogado
- Mediador
Especialista
en Derecho del Consumidor
Para
consultas: defensadeconsumidoresyusuarios@gmail.com